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ماهي المسطرة القضائية في هذه الحالة
إداري تمت الإجابة
سُئل
De acuerdo datos existentos on e Irstituto Nccional Segurided Social y en a documentacion aportaca por usted esta Dirección Provincial, on aplicac on de la legielacion vigente, he restuieilo deneger con fecha 15-06-2018 la prestación de ORFANDAD por las siguientes causas: Por no encontrarse el causante, a la fecha del falleciniento, en aiea o an attuaclóo asimilada a la de alta y no haber conpletado el periodo minino de aotisac16n de quince anas, ae aeuerdo con lo establacido ea el articulo 175 1 de la Ley Ganeral de La Beguridad Eocial, aprobasa por Reat Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio BOE 29/06/94), an la redaccióa dada al ri sso por el apartado Ciaco del artácuio 5 Ley 40/2007, da 4 de dicieabre, de medidan an nateria de Segurided Docial. conforme con la resolución la via jurisdiccional ante esta Dirección Provincial, de conformidad con lo establecido en el articulo 71 de la Ley 36/201 do 10 de octubre, reguladora de le jariscicción social (BOE del dia 11). Dicha reclamación se proscntard desde la recepcon de esta roulcación El Director Provincial P.D. de firma (Acuerdo de 24/04/2007, BOIB de 05-05-2007), EI JOSE MARIA SOLERA ORBS
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